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ESO y Bachillerato
Protocolo de aclaraciones, reclamaciones y copias
  1. El alumno o alumna o, en caso de que fuese menor de edad, los padres, madres o personas que ejerzan la tutela legal del alumnado, podrán solicitar en cualquier momento del curso aclaraciones al profesorado acerca de los resultados de la evaluación en las diferentes materias. Para ello deberán utilizar el Anexo I de este protocolo.
  2. Tras la solicitud de aclaraciones, los padres, madres o tutores legales podrán tener acceso a las pruebas que se apliquen a sus hijos o tutelados.
  3. El profesorado o quien ejerza la tutoría del grupo, no permitirá la realización de fotografías de los exámenes o pruebas cuando los muestren a los padres, madres o tutores legales de los alumnos.
  4. Los padres, madres o tutores legales de los alumnos, una vez realizada la entrevista con el tutor del alumno y/o con el profesor de la materia determinada, podrán solicitar copia de los exámenes presentando una solicitud por escrito dirigida al director del IES Emilio Ferrari en el registro de entrada del centro (Anexo II).
  5. El director, recibida la instancia, la trasladará al jefe/a del Departamento afectado. El jefe/a del Departamento entregará al director del centro copia de la documentación en el plazo máximo de diez días naturales. Los solicitantes serán informados del coste de las copias para que muestren su conformidad. En cuyo caso, se procederá a la entrega de las fotocopias, junto con un oficio en el que se relacione la documentación entregada, y se identifique la persona que lo recibe, nombre y apellidos del padre, madre o tutor legal, copia del DNI y fecha de entrega. Precio de la copia en blanco y negro: 0,10 euros.
  6. El alumno o alumna o, en caso de que fuese menor de edad, los padres, madres o personas que ejerzan la tutela legal del alumnado, podrán solicitar aclaraciones a quienes ejerzan la tutoría de los grupos sobre las decisiones de promoción y/o titulación que se adopten. La solicitud de aclaraciones se realizará el primer día hábil posterior a la comunicación de los resultados o, en su caso, de la decisión de promoción o titulación. Para ello, tendrán que utilizar el Anexo III de este protocolo.
  7. En el supuesto de que tras las oportunas aclaraciones exista desacuerdo, el alumno o alumna o, en caso de que fuese menor de edad, los padres, madres o personas que ejerzan la tutela legal del alumnado podrán formular reclamaciones sobre los resultados de la evaluación final ordinaria y, en su caso, de la evaluación final extraordinaria (Anexo IV).
  8. Igualmente, podrán formular reclamaciones sobre las decisiones de promoción que se adopten o sobre las decisiones de titulación en su caso (Anexo V). La reclamación deberá formularse mediante escrito dirigido a quien ejerza la dirección del centro, y contendrá cuantas alegaciones justifiquen la disconformidad con las calificaciones finales o con la decisión de promoción o titulación adoptada. Una vez presentada en el centro, la reclamación será tramitada a través de quien ejerza la jefatura de estudios.
  9. El plazo para formular la reclamación será de dos días hábiles contados a partir del día siguiente a la comunicación de los resultados de la evaluación final ordinaria y de la evaluación final extraordinaria o, en su caso, de la decisión de promoción o titulación, sin que en ningún caso pueda formularse después del 5 de julio.
  10. Cuando la reclamación verse sobre la calificación final obtenida en las materias, quien ejerza la jefatura de estudios la trasladará a quien ejerza la jefatura del departamento de coordinación didáctica responsable de la materia con cuya calificación se manifiesta el desacuerdo, y comunicará tal circunstancia a quien ejerza la tutoría del grupo.
  11. Cuando la reclamación verse sobre la decisión de titulación, quien ejerza la jefatura de estudios dará traslado de la misma a quien ejerza la tutoría del grupo del alumno y procederá a convocar una sesión extraordinaria de evaluación.
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