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ESO y Bachillerato » Convalidación de materias de ESO y Bachillerato
ESO y Bachillerato
POR ESTUDIOS PROFESIONALES DE MÚSICA O DANZA

El plazo para presentar solicitud de convalidaciones de materias de ESO y Bachillerato finaliza el 30 de septiembre de 2023.

 

Normativa: Orden EDU/1076/2016, de 19 de diciembre. Consultar aquí.

Modelo de solicitud: Registrar en la Dirección Provincial y llevar copia al centro. Modelo

 

Los centros educativos que cuenten con alumnado que requiera realizar la convalidación de materias de educación secundaria obligatoria o de bachillerato y determinadas asignaturas de las enseñanzas profesionales de Música y de Danza, tendrán en cuenta las siguientes consideraciones:

 

a) En Educación Secundaria Obligatoria:

 

    Cursos impares: el alumnado podrá convalidar las siguientes materias:

 

Materia y curso de ESO Enseñanzas Profesionales Asignatura con la se que convalida
Música de 2º y 3º Música Primer curso de la asignatura de instrumento principal o voz.
Música de 4º Música Segundo curso de la asignatura de instrumento principal o voz.
Música de 2º y 3º Danza Primer curso de música
Música de 4º Danza Segundo curso de música
Cualquier materia optativa de 1º, 2º, 3º o 4º de ESO Müsica o dnaza Cualquier asignatura superada y que no haya sido utilizada en otra convalidación, siempre que la carga horaria semanal no sea inferior a 2 horas lectivas. Si es de inferior carga horaria,se requerirá otra asignatura al objeto de completar las 2 horas.

 

El procedimiento para la convalidación será el recogido en el Capítulo III (artículos 10 a 13), en el artículo 17 del Capítulo V y en el Anexo VI de la Orden EDU/1076/2016, de 19 de diciembre.

 

Cursos pares: será de aplicación lo recogido en el Capítulo III (artículos 8 al 13), en el artículo 17 del Capítulo V y el Anexo III y VI de la Orden EDU/1076/2016, de 19 de diciembre. Consultar aquí. Ver los anexos III, IV y V recogidos más abajo.

 

 

 

b) En Bachillerato:

 

  • Cursos impares: el alumnado podrá convalidar las materias establecidas para 1º de Bachillerato en el Real Decreto 242/2009, de 27 de febrero, por el que se establecen convalidaciones entre las enseñanzas profesionales de Música y de Danza y la Educación Secundaria Obligatoria y el Bachillerato, así como los efectos que sobre la materia de Educación Física deben tener la condición de deportista de alto nivel o alto rendimiento y las enseñanzas profesionales de Danza.

 

Además de las anteriores, podrá convalidar:

 

Materia de Bachillerato Enseñanzas Profesionales Asignatura con la que se convalida
Una materia optativa de 4 horas de 1º de bachillerato. Música o danza Un número de asignaturas de 4º, 5º o 6º curso no utilizadas en otras convalidaciones cuya carga horaria total no sea inferior a 3’5 horas lectivas semanales.
Una materia optativa de 2 horas de 1º de bachillerato Música o danza Un número de asignaturas de 4º, 5º o 6º curso no utilizadas en otras convalidaciones cuya carga horaria total no sea inferior a 2 horas lectivas semanales

 

El procedimiento para la convalidación será el recogido en el Capítulo III (artículos 10 a 13), en el artículo 17 del Capítulo V y en el Anexo VI de la Orden EDU/1076/2016, de 19 de diciembre. 

 

Cursos pares: será de aplicación lo recogido en el Capítulo III (artículos 8 a 13), en el artículo 17 del Capítulo V y en el Anexo V y VII de la Orden EDU/1076/2016, de 19 de diciembre. Ver los Anexos III, IV y V recogidos más abajo.

 

 

2. En el caso de que la convalidación de las materias anteriormente citadas esté supeditada a la superación de las asignaturas de las Enseñanzas Profesionales de Música y de Danza en el mismo curso 2022/2023, y en caso de no superar estas últimas en la evaluación final ordinaria, el alumno deberá solicitar el adelanto de la evaluación final extraordinaria de las Enseñanzas Profesionales al mes de junio, según el modelo de solicitud recogido como Anexo X de las presentes Instrucciones.

 

3. Finalmente, recordamos que podrán obtener el Título de Bachiller en la modalidad de Artes quienes hayan superado las Enseñanzas Profesionales de Música o de Danza y las siguientes materias:

 

• Materias Comunes: o Filosofía. o Historia de España. o Lengua Castellana y Literatura I y II. o Primera Lengua Extranjera I y II.

 

• Además de las citadas en el apartado anterior, será necesario que este alumnado haya superado las materias de Fundamentos del Arte I y II.

 

Preguntas frecuentes

 

¿Quién puede solicitar la convalidación de materias de ESO y Bachillerato por estudios profesionales de Música o Danza?

Se dan dos casos:

1. Cualquier alumno de ESO o Bachillerato que haya aprobado determinadas materias

recogidas en las tablas de arriba para los cursos impares y en estos anexos para los cursos pares: Anexo III y Anexo IV) de  sus estudios profesionales de Música o de Danza. Sus padres en el caso de los menores de edad.

2. Cualquier alumno de ESO o Bachillerato que esté cursando determinadas materias (recogidas en las tablas de arriba cursos impares y en estos anexos: Anexo III y Anexo IV para cursos pares) de  sus estudios profesionales de Música o de Danza. Sus padres en el caso de los menores de edad.

 

 ¿Cómo se puede solicitar?

Cumplimentando esta solicitud (pinchar aquí) y registrándola en la Dirección Provincial de Educación de Valladolid. La solicitud se puede enviar directamente a la Dirección Provincial de Educación de Valladolid picando en el cuadrado ENVIAR, pero para ello, hay que tener un DNI digital operativo u otro certificado digital. Si no se dispone de estos medios, hay que imprimirla y entregarla en un registro. NO SE PUEDE REGISTRAR EN EL INSTITUTO.

Pero sí que SE DEBE llevar una copia de los documentos al instituto para que el director del centro pueda resolver.

 

¿Qué documentación hay que presentar junto a la solicitud?

En el primer caso, alumnos de ESO y Bachillerato que quieren convalidar materias de Música o Danza que ya han aprobado, un certificado de tener aprobadas las materias que quieren convalidar.

En el segundo caso, alumnos de ESO y Bachillerato que quieren convalidar materias de Música o Danza que están cursando en el momento de solicitar la convalidación, un certificado de estar matriculados en dichas materias. Estos alumnos, además, tendrán que entregar antes de recibir las notas de junio o septiembre un certificado de haber aprobado las materias de Música o Danza aducidas en la solicitud (no importaría haber suspendido otras). IMPORTANTE: en este segundo caso, hay que tener en cuenta que si se suspende la materia de Música o Danza, también se suspenderá la materia de ESO o Bachillerato. Cuando el alumno/a cree que este podría ser el caso, si avisa al instituto cuanto antes, puede que tenga posibilidades de presentarse a los exámenes de ESO o Bachillerato y aprobar de esta otra manera.

 

¿Quién resuelve y responde a la solicitud?

El Director(a) del instituto.

En el primer caso, alumnos de ESO y Bachillerato que quieren convalidar materias de Música o Danza que ya han aprobado, se le reconoce la convalidación desde la entrega del primer boletín de notas, en el que aparece CV. Normalmente, hasta que se entrega el primer boletín, se proporciona al alumno un escrito en el que queda constancia de que tiene concedida la convalidación.

En el segundo caso -alumnos de ESO y Bachillerato que quieren convalidar materias de Música o Danza que están cursando-, la convalidación no se les reconoce hasta que no presenten un certificado de haber aprobado las materias que cursan (hay que tener claro que un boletín de notas no es un certificado). Por ello, en el boletín de nuestro instituto aparece PS (pendiente de superar). Si no se entrega el mencionado certificado, a todos los efectos, PS es un suspenso. Una vez entregado el certificado del centro de estudios de Música o de Danza, se le da un escrito reconociendo la convalidación. No es necesario solicitar un nuevo boletín de notas.

 

¿La convalidación hace media como si fuera un cinco?

No. Las materias convalidadas no hacen nota media, simplemente se calcula la media como si el alumno/a tuviera una nota menos. 

 

¿Se puede solicitar a la vez la convalidación y la simultaneidad de una misma materia de ESO o Bachillerato? ¿Y de materias distintas?

No se pueden realizar los dos trámites a la vez en relación con misma materia, por lo que si se han entregado las dos solicitudes, desde el instituto se optará por el trámite que resulte más favorable para el alumno/a.

Sí se pueden simultanear y convalidar materias distintas durante el mismo curso.

 

¿Se puede solicitar la vez la convalidación, la simultaneidad y la exención para distintas materias?

Sí. Acumulando estos tres procedimientos, un alumno/a puede tener entre siete y diez horas de clase menos a la semana, dependiendo del curso.

Que exista la posibilidad de acumular los tres procedimientos, no significa que el alumno/a tenga la obligación de solicitarlos todos. Es una decisión que no tienen que tomar ni el instituto de enseñanza secundaria ni el centro de Música o Danza. Debe tomarla la familia del alumno/a.

 

¿Se puede acudir a las clases convalidadas como oyente?

Es una decisión de la Jefatura de Estudios del centro, que puede cambiar de un curso a otro dependiendo del número de alumnos por aula o de otros factores.

 

¿Se puede salir del centro durante las horas de clase de una materia convalidada?

Para los menores de edad, la ley solo lo permite si esas horas son la primera o la última de la mañana. Si se diera esta circunstancia, la Jefatura de Estudios decide si los alumnos deben acudir al centro obligatoriamente o, voluntariamente, ausentarse.

En el caso de que los alumnos puedan, voluntariamente, no venir a primera o última hora, los responsables legales del alumno deben entragar una autorización escrita para que el alumno salga del centro. Sin dicha autorización, el alumno/a debe quedarse en el centro,

El instituto determinará siempre una alternativa para los alumnos que decidan permanecer en el instituto.

 

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