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ESO y Bachillerato
Exención y convalidación de materias

Exención de la materia de Educación Física y convalidaciones entre asignaturas de las enseñanzas profesionales de Música y de Danza y materias de Educación Secundaria Obligatoria y de Bachillerato.

Lugar y forma de presentación

  • Presencial: preferentemente en la Dirección Provincial de Educación de Valladolid (Plaza del Milenio, 1 -Edificio de Usos Múltiples-, 47014, Valladolid. Tlf. 983 412 600).

  • Electrónica: por Internet desde la Sede Electrónica de Castilla y León. Acceso a la tramitación online

En los dos casos se debe entregar una copia de la solicitud en la Secretaría Administrativa del IES Emilio Ferrari.

Requisitos

Exención de la materia Educación Física:

  1. Cursar estudios de Educación Secundaria Obligatoria o Bachillerato y, simultáneamente, acredite tener la condición de deportista de alto nivel o de alto rendimiento o realizar estudios de las enseñanzas profesionales de Danza.
  2. Cursar estudios de Bachillerato y presentar necesidades educativas especiales derivadas de graves problemas de visión o motricidad, o excepcionalmente otros debidamente acreditados que así lo aconsejen.

Convalidación de materias de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato y asignaturas de las enseñanzas profesionales de Música y Danza:

  1. Cursar o haber cursado Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato y cursar o haber cursado estudios de las enseñanzas profesionales de Música y Danza.

Documentación necesaria

Exención de la materia Educación física:

  • Solicitud conforme al anexo I. Anexo I. Solicitud de exención de la materia de Educación Física
  • Para el alumnado que reúna los requisitos del apartado a), acreditación de estar cursando enseñanzas profesionales de Danza o poseer la condición de deportista de alto nivel o de alto rendimiento.
  • Para el alumnado que reúna los requisitos del apartado b):
    • Copia del certificado de discapacidad o de la tarjeta acreditativa del Grado de discapacidad del alumno. Si el reconocimiento de la discapacidad ha sido realizado en la Comunidad de Castilla y León, será necesaria su aportación cuando no se autorice a su verificación por la Administración.
    • Informes médicos, o de otros servicios, de los que se disponga.

Convalidación de materias de educación secundaria obligatoria y bachillerato y asignaturas de las enseñanzas profesionales de Música y Danza:

  • Solicitud conforme al anexo VI. Anexo VI. Solicitud de convalidación
  • Certificado académico que acredite estar matriculado o haber superado las materias o asignaturas que desea utilizar para aplicar la convalidación. En el caso de que se cursen simultáneamente los cursos correspondientes para la convalidación, se podrá presentar el certificado académico que acredite la superación de las materias o asignaturas objeto de convalidación hasta la fecha en la que se lleve a cabo la evaluación final ordinaria o, en su caso, extraordinaria.

Plazo de solicitud

Antes del 30 de septiembre, tanto para solicitar la exención de la materia Educación Física como para convalidación de materias de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato y asignaturas de las enseñanzas profesionales de Música y Danza.

Normativa

Orden EDU/1076/2016, de 19 de diciembre, por la que se establecen los requisitos y el procedimiento para la exención de la materia de Educación Física, y las convalidaciones entre asignaturas de las enseñanzas profesionales de Música y de Danza y materias de educación secundaria obligatoria y de bachillerato en la Comunidad de Castilla y León. Orden EDU/1076/2016

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar la convalidación de materias de ESO y Bachillerato por estudios profesionales de Música o Danza?

El alumnado de ESO o Bachillerato que haya aprobado alguna materia recogida en los anexos III, IV o V en sus estudios profesionales de Música o de Danza o el alumnado de ESO o Bachillerato que esté cursando determinadas materias en sus estudios profesionales de Música o de Danza.

¿Cómo se puede solicitar?

Presencialmente, cumplimentando la solicitud y registrándola preferentemente en la Dirección Provincial de Educación de Valladolid (no se puede registrar en el propio instituto) o digitalmente cumpliendo con los requisitos técnicos de firma electrónica.

En los dos casos se debe entregar una copia de la solicitud en la Secretaría Administrativa del IES Emilio Ferrari.

¿Qué documentación hay que presentar junto a la solicitud?

El alumnado de ESO y Bachillerato que quiera convalidar materias de Música o Danza que ya haya aprobado debe presentar un certificado de tener aprobadas las materias que se quieren convalidar.

El alumnado de ESO y Bachillerato que quiera convalidar materias de Música o Danza que está cursando en el momento de solicitar la convalidación debe presentar un certificado de estar matriculados en dichas materias. Este alumnado deberá entregar antes de recibir las notas un certificado de haber aprobado las materias de Música o Danza aducidas en la solicitud (no importando haber suspendido otras). Se debe tener en cuenta que si se suspende la materia de Música o Danza, también se suspenderá la materia de ESO o Bachillerato. Cuando el alumno crea que este podría ser el caso, si avisa al instituto cuanto antes, puede que tenga posibilidades de presentarse a los exámenes de ESO o Bachillerato y aprobar de esta otra manera.

¿Quién resuelve y responde a la solicitud?

El director o directora del instituto.

Al alumnado de ESO y Bachillerato que quiera convalidar materias de Música o Danza que ya han aprobado se le reconoce la convalidación desde la entrega del primer boletín de notas, en el que aparece la calificación CV (convalidada). Normalmente, hasta la entrega del primer boletín, se proporciona al alumnado un escrito en el que se hace constar que tiene concedida la convalidación.

Al alumnado de ESO y Bachillerato que quiera convalidar materias de Música o Danza que estén cursando no se les reconoce la convalidación hasta que no se presente un certificado de haber aprobado las materias que cursa (no admitiéndose para ello el boletín de notas al no ser un certificado). Por ello, en el boletín de nuestro instituto aparece PS (pendiente de superar). Si no se entrega el mencionado certificado, a todos los efectos, PS se considera como la calificación de Suspenso. Una vez entregado el certificado del centro de estudios de Música o de Danza, se le da un escrito reconociendo la convalidación. No es necesario solicitar un nuevo boletín de notas.

¿La convalidación hace media como si fuera un aprobado o un cinco (5)?

No, las materias convalidadas no hacen nota media, simplemente se calcula la media como si el alumnado tuviera una materia menos.

¿Se puede solicitar a la vez la convalidación y la simultaneidad de una misma materia de ESO o Bachillerato?

No, no se pueden realizar los dos trámites a la vez en relación con la misma materia, por lo que si se han entregado las dos solicitudes, desde el instituto se optará por el trámite que resulte más favorable para el alumno.

¿Se puede solicitar a la vez la convalidación y la simultaneidad de materias distintas de ESO o Bachillerato?

Sí, se pueden simultanear y convalidar materias distintas durante el mismo curso.

¿Se puede solicitar la vez la convalidación, la simultaneidad y la exención para distintas materias?

Sí, acumulando estos tres procedimientos, el alumnado puede tener entre siete y diez horas de clase menos a la semana, dependiendo del curso.

Que exista la posibilidad de acumular los tres procedimientos, no significa que el alumnado tenga la obligación de solicitarlos todos. Es una decisión que debe tomar el alumnado y sus familias, ni el instituto de enseñanza secundaria ni el centro de Música o Danza.

¿Se puede acudir a las clases convalidadas como oyente?

Sí, pero es una decisión de la Jefatura de Estudios del centro, que puede ser distinta de un curso a otro dependiendo del número de alumnos por aula o de otros factores.

¿Se puede salir del centro durante las horas de clase de una materia convalidada?

Para los menores de edad, la ley solo lo permite si esas horas son la primera o la última de la mañana. Si se diera esta circunstancia, la Jefatura de Estudios decide si los alumnos deben acudir al centro obligatoriamente o, voluntariamente, ausentarse.

En el caso de que el alumnado pueda, voluntariamente, no venir a primera o última hora, los responsables legales del alumnado deben entragar una autorización escrita para que el alumnado salga del centro. Sin dicha autorización, el alumnado debe permaneceer en el centro.

La Dirección del centro determinará siempre una alternativa para el alumnado que decida permanecer en el instituto.

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