CONVALIDACIÓN DE ESTUDIOS UNIVERSITARIOS YA REALIZADOS POR MÓDULOS DE CICLOS FORMATIVOS |
PASO 1.
Presentar solicitud en el centro. Modelo en pdf Si no se incluyen todos los datos (teléfono e email, sobre todo, es imposible tramitar electrónicamente la solicitud)
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PASO 2.
Entregar la solicitud en el instituto junto con las programaciones de las asignaturas ya cursadas que se pretenden utilizar para la convalidación, selladas y digitalizadas en formato pdf. La Universidad proporcionará al alumno/a dichas programaciones. Para entregarlas digitalizadas, se pueden traer al instituto en una memoria usb, de donde se copiarán en Secretaría.
O bien, enviarlas por email tras comunicar a la Secretaría que se tiene intención de realizar este trámite y que allí muestren su conformidad. Si tras revisar el contenido de los archivos digitales, en Secretaría se comprueba que el formato -o cualquier otro aspecto- no es válido, se pondrá en contacto por correo electrónico con el alumno/a. Si este no contesta al email, se entenderá que desiste de la convalidación. La Secretaría comunicará por correo electrónico al alumno/a cuando ha enviado la solicitud de convalidación al MECD.
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PASO 3.
El instituto tramita este tipo de convalidación (el proceso no es el mismo para todas, es distinto, por ejemplo, para la convalidación de módulos de FP por módulos de FP), pero no la concede ni la deniega. Este trámite lo realiza el MECD y le notifica el resultado al propio alumno/a. Este, posteriormente, debe comunicárselo al instituto.
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PASO 4.
Para que el MECD pueda comunicarse electrónicamente con el alumno/a, este debe seguir el siguiente procedimiento.
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PROCEDIMIENTO DE REGISTRO DE SOLICITUDES DE CONVALIDACIÓN, VÍA SEDE ELECTRÓNICA, CUYA RESOLUCIÓN CORRESPONDE AL MECD.
REQUISITOS PREVIOS PARA EL REGISTRO DE SOLICITUDES:
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PASOS A SEGUIR EN EL REGISTRO DE SOLICITUDES.
El alumnado presenta la solicitud de convalidación de módulos profesionales, acompañada de la documentación establecida correspondiente, en el centro educativo en el que se encuentra matriculado (centro autorizado por la Comunidad para el procedimiento de convalidaciones). En ningún caso el solicitante puede enviar por su cuenta la solicitud al ministerio.
Para efectuar el registro, a partir del curso 2016-2017, se emplea la SEDE electrónica de Educación siguiendo los pasos que a continuación se describen:
El centro revisa la documentación obligatoria, registra directamente en la SEDE electrónica la solicitud de convalidación que debe resolver el MECD y adjunta la documentación, digitalizada, en formato pdf, que acompañe a la solicitud y la envía al MECD a través de SEDE. La documentación adjunta revisada y digitalizada por el centro se compulsa telemáticamente para este procedimiento de convalidación. En ningún caso tramitará solicitudes que no vengan acompañadas de la documentación establecida.
Desde ese mismo instante la solicitud, y su documentación, se reciben en la Subdirección General de Orientación y Formación Profesional, del MECD, para su estudio y resolución.
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¿CÓMO SEGUIR EL TRÁMITE DE LA SOLICITUD?
Como se ha dicho anteriormente, el alumnado debe darse de alta en la SEDE electrónica de Educación. Una vez remitida la solicitud al MECD, por el centro educativo, el solicitante podrá ver permanentemente el estado de su trámite y no necesitará de información posterior al respecto. Mientras ésta no se resuelve tiene la obligación de asistir a clase y realizar las evaluaciones correspondientes. Cuandola solicitud se resuelve por el MECD, el interesado recibe un e-mail informándole de que dicha resolución está disponible en SEDE, para que la descargue. Es imprescindible que alumno descargue la resolución de la convalidación para que pueda ser efectiva. A continuación debe entregarla en el centro educativo donde se encuentra matriculado. A su vez, el centro recibe un e-mail informándole de la resolución para que pueda agilizar la organización de los grupos, etc.
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¿QUÉ HACE EL ALUMNADO CUANDO HA RECIBIDO LA RESOLUCIÓN POSITIVA?
Descarga la resolución que está certificada electrónicamente mediante un Código Seguro de Verificación (CSV). Entrega la copia impresa de la resolución descargada en la secretaría del centro, para que se haga efectiva, y ya no tiene que asistir a clase de ese módulo profesional. En el caso de haya recibido la resolución positiva de los módulos profesionales correspondientes, pero no esté interesado enhacerla efectiva, puede ejercer su derecho a la renuncia, mediante un documento que presentará ante el Director del centro. En el caso de que aún no haya recibido la resolución, pero no desee continuar con el trámite, puede desistir del procedimiento de convalidación y presentará un documento al efecto, igualmente al Director del centro. En este caso la dirección informará al MECD de dicho desistimiento, suspendiendo el trámite de esta manera.
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¿QUÉ PUEDE HACER EL SOLICITANTE CUANDO NO ESTÁ DE ACUERDO CON LA RESOLUCIÓN DE LAS CONVALIDACIONES?
En el caso de las resoluciones emitidas por el MECD, puede interponer recurso ante el MECD. La Subdirección General de Recursos y Relaciones con los tribunales (MECD) resuelve los recursos interpuestos ante las resoluciones de la Subdirección General de Orientación y formación profesional (MECD).
Para ello es imprescindible que la resolución haya sido efectivamente descargada de la SEDE por el solicitante.
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NOTAS:
El módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo no se convalida, solamente se exime, parcial o totalmente, de cursarlo siempre que se aporten evidencias de que ha tenido un trabajo que cubre parcial o totalmente los Resultados de Aprendizaje de dicho módulo.
La justificación de la experiencia laboral se realizará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 del Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral.
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