ELECCIONES A CONSEJO ESCOLAR 

Calendario 2024

 

 

El pasado día 18 de octubre se ha abierto el proceso electoral para la renovación del Consejo Escolar del centro. En este curso esa renovación se concreta en tres puestos de profesorado, tres de alumnado y uno de representación de madres y padres.

 

 

La presentación de candidaturas finaliza el miércoles 30 de octubre, por lo que os animamos a que nos hagáis llegar vuestras solicitudes para formar parte de nuestro Consejo Escolar.

MODELO DE SOLICITUD

Dichas solicitudes se recogerán en el despacho de dirección en horario de mañana o por correo electrónico en la dirección cramosp@educa.jcyl.es.

 

 

El día 4 de noviembre se publicarán las listas de candidatos provisionales, teniendo hasta el 8 para reclamar las mismas.

 

Las listas definitivas se harán públicas el día 11.

 

 

Las elecciones se llevarán a cabo el día 19 de noviembre para las madres y padres y el día 20 para el alumnado y el profesorado.

 

 


 

Nomativa aquí

 

Voto por correo

 

Normativa que regula el voto por correo recogida en el art.6 de la Resolución de 21 de agosto de 2012 de la Dirección General de Innovación Educativa y Formación del Profesorado para aquellas familias que lo puedan necesitar:

 

1. Con el fin de conseguir la mayor participación posible de las madres, los padres y los representantes legales del alumnado, estos podrán emitir su voto por correo, enviando su voto a la mesa electoral del centro, bien por correo postal o entregándoselo al director del centro, en el plazo de tres días anteriores al día de la celebración de la votación. La junta electoral del centro facilitará la documentación necesaria para que ejerzan su derecho al voto. Tanto papeletas como sobres.

 

2. Para garantizar el secreto del voto y la identificación del elector se utilizará el sistema de doble sobre. El sobre exterior se dirigirá a la mesa electoral por correo postal o al titular de la dirección del centro si se entrega en mano. El sobre contendrá la siguiente documentación:

 

a) Fotocopia del DNI del votante o de la tarjeta equivalente en el caso de los extranjeros residentes en territorio español.

b) Sobre cerrado con la papeleta del voto, que les será facilitada en el centro, debidamente cumplimentada.

 

3. En el caso de que el sobre se haga llegar al director o directora del centro, este emitirá un certificado como justificante de la entrega; asimismo, antes del escrutinio entregará una relación de votantes a la mesa electoral junto con todos los sobres.

 

4. La mesa electoral comprobará que los votantes que utilicen esta modalidad de voto por correo estén incluidos en el censo electoral, los votos recibidos después de finalizado el escrutinio no serán tenidos en cuenta.

 

5. Si a pesar de lo anterior, el votante por correo se presentase el día de las elecciones para ejercer personalmente su derecho al voto, se procederá a anular su voto por correo. Esta circunstancia deberá reflejarse en el acta que se redacte al finalizar el escrutinio.

 

Anexo III acreditativo de identidad